En la entrada anterior nos referimos a un primer argumento, ligado a la normativa sobre símbolos, a favor de la eliminación del callejero franquista del barrio de Lourdes de Tudela. En esta entrada de hoy hablaremos de un segundo argumento, que tiene que ver con el derecho puramente administrativo y con el incumplimiento, desde el principio, de pautas básicas del mismo en relación con dichas calles.
Este segundo argumento se vincula con una circunstancia peculiar que afecta a las calles referidas del barrio de Lourdes de Tudela y que ha sido fruto de nuestro trabajo de investigación: la inexistencia de acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Tudela para la mayoría de dichas calles, lo que afectaría a la legalidad de las mismas ya que el precedente administrativo en aquél era el de que los nombres de calles fueran aprobados en sesión plenaria...
http://elblogdefernandomikelarena.blogspot.com.es/2013/01/el-segundo-argumento-favor-de-la.html?m=1
Info:
http://lau-haizetara-gogoan.blogspot.com.es/2013/01/un-primer-argumento-favor-de-la.html